A través de la Resolución General ERSeP Nº 103/2019, se establece:
• Autorizar una prórroga del porcentaje fijado sobre el monto total de las obras, a los fines de la determinación y pago de la Tasa por la Revisión y Registro de Relevamientos de Obra (TRR) para Cooperativa Eléctricas; la que permanecerá en el uno por ciento (1%), hasta el 30 de junio de 2020 inclusive.
• Autorizar una reducción del porcentaje fijado sobre el monto total de la obra, a los fines de la determinación y pago de la Tasa por la Revisión y Registro de Relevamientos de Obra (TRR); la que regirá desde el 01 de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive y será del dos por ciento (2%), tanto para las Obras Tipo I como para las Tipo II.
• Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, la implementación del mecanismo dispuesto por la Resolución General ERSeP Nº 13/2019 para el pago de la Tasa por la Revisión y Registro de Relevamientos de Obra (TRR) hasta en seis (6) cuotas mensuales, iguales y sin interés.
La consecuente Resolución del CIEC mantiene en un uno por ciento (1%) la reducción del Registro de Obra Diferenciado (ROD) para relevamiento de Obras Eléctricas y de Alumbrado Público hasta el 31 de diciembre de 2020. Asimismo se mantiene lo acordado con las Federaciones de Cooperativas en relación al pago, que se podrá acordar en cuotas iguales y sin intereses.
Respecto a los aportes a la Caja de Previsión Ley 8470, podrán ser abonados, cómo mínimo, en cuatro (4) cuotas fijas y sin intereses a convenir con esa institución.
Hacemos llegar esta información en el entendimiento de la conveniencia de estas reducciones de tasas y facilidades de pago sabiendo que las Distribuidoras Cooperativas deben tener todas sus instalaciones liberadas al servicio en regla.
Junta Ejecutiva CIEC